jueves, 22 de noviembre de 2012

La diferencia entre "querer federalismo" y "poder tener federalismo"



Hay ideas bellas y nobles, preñadas de futuro, pero que acaban decepcionando y perdiendo su brillo en manos de políticos, creadores de opinión e intelectuales torpes o cobardes. Esto le ha pasado por desgracia con mucha frecuencia al federalismo.

El federalismo no es una idea complicada o difícil de entender, no más desde luego que cualquier otra. Sucede, eso sí, con el federalismo que requiere siempre un acuerdo de voluntades políticas. Y ya se sabe lo que se dice: dos no bailan si uno no quiere. De ahí viene principalmente la escasa claridad y coherencia con la que se defiende muchas veces el federalismo, pues se confunde muchas veces el federalismo institucionalizado, con sus reglas y procedimientos, con las condiciones de posibilidad de ese federalismo institucionalizado, al que sólo se puede llegar si las partes que han de bailar aceptan bailar unas con otras. Anteponer las reglas al deseo o voluntad de tener esas reglas comunes es no haber entendido absolutamente nada del federalismo, de su historia ya larga de varios siglos, con sus éxitos y sus fracasos. Es también restarle importancia a lo más importante: la voluntad de crear una federación.

De esto resulta que querer o proponer federalismo no es necesariamente lo mismo que hacer una buena defensa del federalismo, buena pedagogía, una política o estrategia encaminada a hacer realidad el federalismo.

Un proyecto o fin político puede ser muy bueno e ilusionante, pero si no se piensan o proponen medios eficaces de realizarlo o alcanzarlos, lo único que hace el proyecto es vender humo, jugar con la ilusión y la confianza de la gente. Yo diría que ése el problema actual de los auto-titulados federalistas, y más concretamente del PSC (partido de los socialistas catalanes). Pecan, a mi entender, (1) de no tener una idea clara de qué es el federalismo, y (2) precisamente por ello, de una incapacidad muy evidente de poner en adecuación el fin perseguido (el federalismo), y los medios o instrumentos adecuados para intentar alcanzar dicho fin.

Una idea clara del federalismo

En un texto anterior (¿Qué es el federalismo? Algunos errores) expliqué que el federalismo, como idea, y la federación, como realización o concretización de la idea, es una unión voluntaria y libre de pueblos o naciones. El federalismo político une así a individuos o personas, pero sólo indirectamente, en la medida en que se unen los territorios o cuerpos políticos en los que los individuos y las personas, ciudadanos o residentes de un territorio determinado, sometido a un ordenamiento jurídico determinado, se encuentran.

Los ejemplos de los EEUU, a finales del siglo XVIII, o más recientemente la Unión Europea muestran claramente cómo el sistema federal creado surge de un acuerdo o pacto político, que podemos llamar “pacto constituyente”, entre diferentes cuerpos políticos, Estados soberanos en los dos ejemplos citados. A este tipo de federalismo se le conoce también con el nombre de “federalismo agregativo” (o por agregación), aquel que parte de una situación inicial de independencia real y efectiva de los Estados fundadores, que por medio del pacto constituyente pasan voluntariamente a formar parte de una federación, cuyas reglas han negociado y debatido previamente. Se trata de una manera de federar que no plantea mayores problemas a la hora de reconocerles una capacidad jurídica (la soberanía) a las partes contratantes. Nadie le ha negado competencia para firmar los Tratados constitutivos de la Unión Europea a ninguno de los Estados miembros, como tampoco se le negó capacidad jurídica a ninguno de los 13 Estados fundadores de los EEUU. Si mañana Portugal y España decidieran crear una federación ibérica, las dos partes se reconocerían plena capacidad para sellar tal unión.

Los problemas surgen en el llamado “federalismo disgregativo” (o por disgregación), es decir, aquel en el que se parte de la unidad de un cuerpo político o Estado ya constituido, que se busca reorganizar bajo una forma federativa. Y surgen los problemas porque nos encontramos con una dificultad que no tenemos en el federalismo agregativo, que es tener que determinar qué territorios tienen capacidad jurídica y voluntad política para ser parte en ese pacto constituyente. Sin entrar ahora en este delicado tema, esto quiere decir necesariamente que antes de poder hablar de federalismo, de las reglas y principios constitucionales ordenadores del sistema, hay que saber quién puede y quién no puede hacer federalismo, ser creador o fundador (co-creador o co-fundador para ser más exacto) del sistema federativo que surja del pacto constituyente.

No faltará seguramente quien objete que el federalismo es más que eso, que implica por ejemplo al menos dos niveles de gobierno, una Constitución escrita, un Senado que represente a los Estados, etc. No niego que una vez fijadas las reglas y principios en la Constitución federal se tendría todo eso y mucho más, pero lo que importa cuando aún no se ha creado el sistema federativo no son las reglas del juego, como ya he dicho, sino cómo y quiénes las determinan. Pues bien, en derecho público (internacional o constitucional) al juego del federalismo juegan Estados o cuerpos políticos asimilables, y el juego consiste en ponerse de acuerdo para unirse en un cuerpo político común. Como se podrá comprobar, la definición no puede ser más modesta y sencilla.

En un contexto, como el español, en el que algunos proponen la creación de un sistema federativo, de lo que se trata es de pensar primero el proceso constituyente y las partes de ese proceso constituyente. Si no se asume o acepta este principio básico, hablar de federalismo es un abuso de lenguaje.

Una clara inadecuación entre fin y medios en la campaña del PSC

Hacer campaña bajo el lema del federalismo no es una garantía de que se esté persiguiendo eficazmente el federalismo. La intención en estos casos no es lo que cuenta. Como tampoco lo es auto-titularse de una determinada manera. Una persona o grupo de personas pueden creer no ser algo (racistas por ejemplo) que en realidad son, muchas veces sin darse cuenta. Del mismo modo, una persona o grupo de personas pueden pensar ser algo (inteligentes por ejemplo), y no serlo en absoluto. Ni la intención que uno tenga, ni las etiquetas que uno elija para sí pueden ser aceptadas por electores racionales y bien informados en democracia sin someterlas antes a un juicio crítico. De ahí la pregunta que, en ejercicio crítico, podemos formular: ¿son federalistas los federalistas catalanes?   

El proyecto del PSC de impulsar un federalismo plurinacional en España implica necesariamente que haya varios sujetos o cuerpos políticos creadores o fundadores de ese nuevo sistema federativo. Implica también esto que todos los actores se reconozcan legitimidad y capacidad para ser parte de ese pacto constituyente federal. Esto supone asimismo poner a los creadores o fundadores de esa federación en una posición de negociación y diálogo previo, proceso en el que han de participar los contratantes en igualdad de condiciones. Pues bien, lo incomprensible de la posición del PSC es que acepte el derecho a decidir del pueblo catalán, pero sólo para federarse, no para otra cosa. O mucho me equivoco o eso es crear una situación de clara desigualdad entre los contratantes de un hipotético pacto federativo. Mientras que España tendría todas las posibilidades que se prevén para un Estado soberano (pactar o no pactar), Cataluña sólo tendría capacidad para entrar en una federación con España, no para otra cosa, independientemente de que el acuerdo federal sea bueno, malo o regular.

Esta es la posición que ha mantenido el PSC con respecto al federalismo: dicen proponer algo que ni siquiera son capaces de asumir desde un punto de vista teórico. A no ser que lo que entiendan por “federalismo” sea un elevado grado de “descentralización”, para lo cual no hace falta ningún pacto federativo ni constituyente de una federación. Nuevamente, es abusar del lenguaje.

Si el PSC y sus asesores tuvieran una idea clara del federalismo, verían además, por realismo político, que el único camino o medio que puede llevar al federalismo hoy es el de la autodeterminación o el Estado propio, como se prefiera. Si no se tiene esa carta política en la mano, me refiero a la carta de la independencia, no sé cómo pretenden convencer a los dos partidos mayoritarios españoles de que España tiene que hacerse federal y plurinacional, es decir, convencerles de que afirmen lo que hasta hoy vienen negando, que Cataluña es una nación.

En política, esta ingenuidad, ceguera u obcecación intelectual, es imperdonable. Es la actitud del que, por incompetencia, puede perder la partida teniendo buenas cartas.  

Como lo han entendido muchos probablemente de los que defienden el derecho a decidir, y por paradójico que parezca, sólo defendiendo el derecho del pueblo catalán a separarse del Estado español puede quizás convencerse al nacionalismo español, al PP y al PSOE, de que negocie un pacto constituyente federal con Cataluña, que podría incluso extenderse a otros territorios del Estado. Sin esa presión o amenaza, el federalismo es un quiero y no puedo. Es la táctica del que va a la guerra con pistolas de agua.

  Jorge Cagiao y Conde

             

domingo, 18 de noviembre de 2012

¿El federalismo y el pollo?




Sí sí, como oyen, el federalismo y el pollo. Después del comentario del candidato del PSC, el Sr. Navarro, que decía poder explicar el federalismo en los 140 caracteres de un “tuit” –¡proeza de Guinness!-, llega Don Luís del Olmo, uno de los más reconocidos periodistas en España, con una curiosa comparación con la que pretende explicar el federalismo[i]. El Sr. Del Olmo se vale de una metáfora, en clave de humor dice, para explicar el federalismo asimétrico y el soberanismo. Y ocurre lo que tiene que ocurrir cuando el humor es ignorante, que no sólo no tiene gracia, sino que deja una triste imagen del “humorista”.

Analicemos rápidamente el “chiste” del Sr. Del Olmo. ¿Qué dice y en qué se equivoca?

1) Sobre el federalismo: “En el federalismo propiamente dicho, dos personas comen un pollo, y a los dos les toca exactamente la mitad”. No se podrá decir desde luego que el reparto no sea equitativo… Esta frase no merece mayor comentario que el consistiría en preguntar que es lo que se entiende por “federalismo propiamente dicho”. ¿Compartir un pollo a partes iguales? ¿Una definición del mínimo denominador común, del estilo “no se notan muchas diferencias entre el federalismo y lo que ya tenemos en el Estado de las Autonomías”? No sé en qué estaría pensando el Sr. Del Olmo al comparar el federalismo con compartir un pollo a partes iguales (¿competencias? ¿recursos? etc.), pero además de ser incorrecta, pues el federalismo simétrico no significa la igualdad aritmética de las partes federadas, la comparación no explica absolutamente nada. Sería como decir que una democracia, o una República, o el Estado de derecho, o los Derechos y Libertades fundamentales, etc. es como compartir un pollo a partes iguales.

2) Sobre el federalismo asimétrico[ii]: “En el federalismo asimétrico, dos personas comen un pollo. Uno se reserva la pechuga y los muslos, y el otro se tiene que conformar con las alitas. Y no vale quejarse por agravio comparativo. No es injusticia, no es desigualdad, es pura asimetría”. El simplismo es aquí, nuevamente, desolador. Se podría decir lo siguiente. Primero, que la lógica del federalismo asimétrico no es cuantitativa (comer más carne), sino cualitativa (comer la carne que uno prefiere). Hay a quien le gusta más una alita de pollo que la pechuga. Hay también a quien le gusta comer más y a quien le gusta comer menos. Es, en definitiva, una cuestión que queda a gusto del comensal. Otra cosa es si a mí me gusta la pechuga y no me dejan comer pechuga… Pero en ese caso, segundo, la lógica del federalismo asimétrico no sería darle alitas al que quiere pechuga, o pechuga al que quiere alitas, sino comprar tanto pollos como sea necesario para satisfacer a todos los comensales. Ya luego con el pollo que sobre podrían hacerse croquetas…

3) Sobre el soberanismo: “[…] peor es el soberanismo. Porque allí, dos personas se reparten el pollo. Una se lo come entero, y la otra mira cómo lo hace”. Estupefacción. La lógica del soberanismo no es ésa. La lógica del soberanismo es la de no compartir, es decir tú te quedas con tu pollo que yo me compro otro. Lo dicho, estupefacción.

Y ¿qué decir de la advertencia final que hace el Sr. Del Olmo?: “Por eso, cuando a usted le quieran confundir con federalismos y asimetrías, recuerde el ejemplo del pollo. Porque como muy bien dice el refrán, el pollo es demasiado para uno, pero poco para dos”. Yo no sé con quien acostumbra el Sr. Del Olmo a comer pollo, pero creo que un pollo es más que suficiente para dar de comer a toda una familia. No son tiempos para hacer chistes de ese estilo.

Suele decirse que la libertad y la calidad de la prensa son el reflejo de una sociedad y de la calidad también de su democracia. Muy mal tiene que ir un país cuando periodistas importantes se permiten hablar de cosas serias, y de las que no saben gran cosa, con tanta frivolidad.

Jorge Cagiao y Conde

 




[i] "El federalismo y el pollo", Diario Crítico.com, 6 de noviembre de 2012 (http://www.diariocritico.com/opinion-analisis/luis-del-olmo/422190)
[ii] Para un buen libro sobre el tema, ver por ejemplo: Enric Fossas y Ferran Requejo (eds.), Asimetría federal y Estado plurinacional. El debate sobre la acomodación de la diversidad en Canadá, Bélgica y España, Madrid, Trotta, 1999.

jueves, 15 de noviembre de 2012

¿Qué es el federalismo? Algunos errores


 
Se ha escrito tanto sobre el federalismo y es tan poco lo que sabemos de él, y además sabemos tan mal lo poco que sabemos, que no puedo pretender explicar en un texto de tan reducidas dimensiones como éste lo que es el federalismo. Sí es posible en cambio explicar con relativa claridad quiénes son los actores o creadores del llamado “pacto federal” que plasma e institucionaliza el federalismo, cuál es la razón por la que surge esta compleja idea en determinados contextos y momentos. Esto no nos dirá aún con la debida precisión qué es o cómo puede ser el federalismo, pero sí puede quizás aportar elementos suficientes para que entendamos al menos qué no es. Teniendo en cuenta la confusión reinante, puede considerarse ya un honorable comienzo.

Antes de desarrollar y explicar algunas de las razones o argumentos que pueden hacer que en un determinado momento histórico se recurra al federalismo, cuestión que trataré otro día, es necesario mostrar algunos de los errores más recurrentes en nuestro tema. Dar unos cuantos machetazos en la maleza siempre es bueno cuando uno quiere adentrarse en una selva espesa, aunque sólo sea para ver donde pone uno el pie.

Hay que decir que estas últimas semanas los errores y clichés sobre el federalismo se han multiplicado en la prensa. Me limitaré a comentar dos de ellos, quizás los más importantes y graves: 1) el uso de las categorías “Estado federal” y “Confederación” para explicar lo que es un buen federalismo; y 2) la base teórica individualista del federalismo.

1) Usos y abusos de las categorías “Estado federal” y “Confederación”

Algunos de los comentaristas que han escrito en la prensa española sobre el tema estos días parecen haberse quedado atrapados en el siglo XX, pues se empeñan en seguir analizando el federalismo poniéndolo en las famosas casillas “Estado federal” y “Confederación”, como se haría con los colores blanco y negro, sin percatarse -o sin querer percatarse- de que la realidad federativa, el derecho federal positivo[i], en permanente evolución y adaptación a una realidad siempre compleja y cambiante, no es tan sencilla como para aceptar clasificaciones tan rígidas y simples del tipo “blanco” (Estado federal) y “negro” (Confederación).

De ello se han dado cuenta desde hace ya algunos años los estudiosos[ii], abandonando dichas categorías al considerarlas como productos ideológicos (y no un instrumento analítico adecuado, ni mucho menos neutro) creados por la doctrina iuspublicista[iii] desde finales del siglo XIX para asegurar la perfecta coherencia de la teoría del Estado (soberanía una e indivisible) y de la teoría de la nación (un Estado, una nación) dominantes. Ya lo decía Georges Scelle, en su excelente Précis de droit des gens (1932), en el que afirmaba que “es imposible aceptar tal cual esas clasificaciones descriptivas de los diversos fenómenos federativos. Dichas categorías –prosigue Scelle- no se diferencian tan claramente, o no se aplican más que a tipos ideológicos”[iv].

En otras palabras –y es una advertencia para el lector-, todo aquel que siga utilizando dichas categorías con la pretensión de querer explicar qué es y qué no es el federalismo, si fulano o mengano es o fue auténticamente federalista, si lo es tal o cual proyecto, o bien se ha perdido algunos capítulos del incesante avance de la ciencia jurídica y política en nuestro tema, unos 15 o 20 años para ser preciso (si tal es el caso, estaremos de acuerdo en que entonces lo más prudente y honesto sería en su caso guardar silencio), o bien sigue haciendo propaganda del Estado uno, de la soberanía una y de la nación una, abusando de la confianza de sus lectores, quienes seguramente no se darán cuenta de que el Catedrático de Ciencias Políticas, de Derecho Constitucional, o el periodista o columnista de turno no se saben bien el tema o les quieren contar una película de vaqueros, a veces, en honor a la verdad, las dos cosas al mismo tiempo. Si el lector ve que la película va de “Estado federal” y “Confederación”, y si con tales categorías se pretender decir que “esto es federal” y “esto otro no”, haría bien en dejar de leer, pues nada sacará de dicha lectura que le permita entender lo qué es, o lo que no es, el federalismo. Como lo explica Hans Kelsen, para muchos el más grande teórico del derecho del siglo pasado, lo que caracteriza el discurso ideológico (a diferencia del científico), es la intención deliberada de engañar.
Las categorías “Estado federal” y “Confederación” pueden llegar a ser útiles en ciertos casos, posiblemente pocos, pero lo que desde luego no permiten hacer, científicamente, es decir que esto es federalismo y esto otro no.   

2) El individuo soberano, los derechos y el federalismo

Otro de los errores recurrentes en la prensa estos días consiste en presentar el federalismo como una teoría política que tiene su fundamento en los derechos y libertades de los individuos. El federalismo sería así una suerte de “contrato social”, tipo Rousseau, entre individuos soberanos, contrato que sería la base legítima del poder estatal (la violencia legítima), de la representación política, de los derechos y libertades, etc. El argumento es políticamente muy eficaz cuando se presenta para rechazar reivindicaciones de tipo colectivo, como pasa hoy en Cataluña con el derecho a decidir del pueblo catalán. Estas reivindicaciones se consideran contrarias al verdadero sentido de la democracia y del federalismo, pues ni la primera ni el segundo –se explica- entienden de derechos colectivos, sino sólo de derechos individuales: ¿Cómo que los catalanes quieren decidir si tener o no un Estado propio? –se podrá decir-. Eso no se puede porque no es democrático ni federal, pues para que lo fuese tendría que quererlo no una mayoría de catalanes, sino una mayoría de españoles. Sólo sería posible así una federación si la mayoría de los ciudadanos españoles lo quisiera. El argumento se declina más o menos así.

Nótese que quien así argumente lo está haciendo en falso, omitiendo elementos fundamentales en un debate con éste. Por ejemplo, se omite decir que, históricamente, el federalismo clásico (norteamericano, suizo, alemán, canadiense, etc.) no es un asunto de individuos, una reunión de ciudadanos en una federación, sino la reunión de diferentes Estados o cuerpos políticos soberanos. Las 13 colonias que fundan los EEUU, unidas ya antes de la Constitución de 1787 en lo que denominaban una “Confederación” eran Estados soberanos en el momento de ratificar dicha Constitución, y se siguen comportando de hecho como auténticos Estados soberanos incluso después de ratificada. Como algunos comentaristas lo han podido explicar[v], no hay en el momento de ratificar la Constitución un Pueblo norteamericano uno, sujeto de la soberanía, que decide por mayoría –así se expresa una pueblo en democracia- organizarse federalmente y dotarse de un instrumento constitucional en 1787.

El famoso We the People of the United States es de hecho muy engañoso. Puede incluso dar a entender que ya hay en 1787 un Pueblo uno que habla y se expresa como tal. Ahora bien, la imagen de un Pueblo soberano uno como autor de la Constitución norteamericana se desmorona si se explica que la Constitución de 1787 tenía que ser ratificada por 9 de 13 Estados para que entrara en vigor, y también que si se optó por esa fórmula misteriosa (Nosotros –plural-, el Pueblo –singular-), en vez de la inicialmente propuesta, en la que se citaban todos los Estados (Nosotros los Pueblos de los Estados de New Hamsphire, de Massachusetts….), fue por razones prácticas, entre otras porque no podían saber cuáles serían los Estados que ratificarían la Constitución, si todos o sólo algunos. Era en cualquier caso imposible saber que los 13 Estados acabarían ratificándola, y era perfectamente posible que algunos de los 13 Estados decidiera no formar parte de los EEUU.

El proceso constituyente norteamericano muestra de manera bastante clara que no había un pueblo soberano (o unos individuos o ciudadanos soberanos) del que emanaba esa nueva forma federal, que para los Estados seguía teniendo el carácter de un contrato o pacto político (compact) entre soberanos. El sistema federal norteamericano surge del acuerdo o pacto político entre los 13 Estados fundadores. Lo mismo ocurre con la Confederación alemana y suiza, o con la canadiense. Y ocurre porque para eso sirve el federalismo, o al menos así lo entienden entonces los políticos y jurisconsultos: una federación es una reunión o unión de Estados soberanos en un nuevo cuerpo político que toma el nombre a veces de “Estado compuesto”, otras de “federación”, o “confederación”, el nombre es lo de menos. Lo que importa es que ese nuevo cuerpo político, esa federación, no es, como sí ocurre con un Estado unitario, el instrumento del que se dota un pueblo para organizarse y gobernarse democráticamente, sino el instrumento del que se dotan diferentes Pueblos o Estados, no para organizarse democráticamente, pues pueden ya estarlo, y generalmente lo están, sino para perseguir otros fines, como pueden ser principalmente la paz y prosperidad comunes de los pueblos federados. El ejemplo de la Unión Europea muestra también con meridiana claridad cómo se crea el federalismo europeo o comunitario a partir de un pacto entre Estados soberanos, y cómo evoluciona luego buscando una mayor autonomía y autoridad del nivel superior, en este caso el comunitario. Lo mismo ocurre en las federaciones clásicas, que han evolucionado hacia sistemas más centralizados, homogeneizando considerablemente su ordenamiento jurídico, su cultura, sus creencias y valores compartidos, etc., hasta tal punto que hoy nadie se atrevería a decir que no hay en los EEUU o en Alemania un Pueblo o una Nación una e indivisible como la que más.

Mucho se podría decir aún al respecto, pero importa subrayar que no porque la evolución de dichos sistemas haya sido ésta, puede uno olvidar de dónde vienen y cómo surgen esos sistemas federales, sobre todo en un momento como el presente, en el que, en España, se habla de, y algunos proponen, abrir un proceso constituyente para crear una federación española. No se habla de evolución del actual sistema, que parece ya haber tocado techo, sino de crear uno nuevo.

Muy necio sería en cualquier caso el que pretendiera fundar una federación española apelando a los derechos individuales de todos los españoles o a la soberanía individual como base de dicha federación, y diciendo seguir en ello los diferentes modelos clásicos, todos creados en procesos constituyentes como producto de un pacto político entre Estados o Pueblos que son, o se entienden y se consideran soberanos en el momento de constituir una federación. Y es que el federalismo puede adoptar características y formas muy diferentes, prever procedimientos e instrumentos jurídicos diversos, evolucionar en un sentido o en otro, pero lo que no puede nunca es renunciar a aquello que lo origina: la voluntad de los pueblos o Estados diferentes de unirse, y no de cualquier manera. Si no se parte de esa base elemental y sencilla, difícilmente podremos hacer o crear federalismo. Se estará creando otra cosa, un Estado nación, un Pueblo uno e indisoluble, pero no una sociedad de sociedades, o un Pueblo de Pueblos.             

 

Jorge Cagiao y Conde

  



[i] Derecho positivo es aquel que está en vigor en un determinado ordenamiento jurídico.
[ii] Ver, por ejemplo, Olivier Beaud, Théorie de la Fédération, Paris, PUF, 2007 (hay edición española: Teoría de la Federación, Madrid, Escolar y Mayo, 2009).
[iii] Se habla de “doctrina” en derecho para referirse a los comentarios y opiniones de los juristas o jurisconsultos especialistas en alguna rama del derecho. El término “iuspublicista” remite al “derecho público” (doctrina en derecho público), más concretamente, en nuestro caso, al derecho constitucional o político.
[iv] Précis de droit des gens. Principes et systématique, Paris, Dalloz, 2008, p. 192, la traducción en mía.
[v] Ver el imprescindible estudio de Elisabeth Zoller: “Aspects internationaux du Droit constitutionnel. Contribution à la théorie de la fédération d’Etats", Recueil des Cours de l’Académie de droit international de La Haye, t. 294 (2002), pp. 41-166.

jueves, 8 de noviembre de 2012

¿Cuál debería ser la actitud federalista hoy?


¿Cuál es la actitud que tienen que tener los federalistas hoy en España ante el problema que plantea el proyecto de autodeterminación (o derecho a decidir) propuesto por Artur Mas? 
Para un federalista se trata desde luego de un caso de conciencia, pues el federalista lo es principalmente porque quiere reunir a quienes son diferentes, no que se separen; pero también quiere que esa unión se haga por las buenas, de mutuo acuerdo, como en un contrato, y no por la fuerza, contra la voluntad de algunas de las partes, o bajo amenazas y presiones diversas. Ni lo uno, la separación, ni lo otro, la convivencia forzada, satisfacen al buen federalista.  

Dilema corneliano, por otro lado, es decir de los buenos, en el que me encuentro hoy ante la invitación de otros amigos federalistas a unir esfuerzos para que se oiga la voz del federalismo en este momento grave. Y lo cierto es que yo querría decir que sí, que apoyo sin ambages, como lo hice en su día, ese proyecto de los FEDERALISTAS EN LA RED (http://www.espanafederal.es/), porque comparto sus ideas, y porque, además, aunque valientes, como diría el otro, los federalistas somos demasiados pocos, y no está la situación como para que andemos en orden disperso. Pero, por otro lado, la duda me invade por un doble motivo. Primero, al ver cómo en los últimos días diversos manifiestos han podido utilizar la bandera federal a la par que atacaban con dureza la posición de quienes en Cataluña entienden que es ya tiempo de que el pueblo catalán decida por sí mismo. Segundo, porque no es quizás el momento de reactivar esta iniciativa, por lo menos no si no se dicen dos o tres cosas de manera clara y tajante. Dilema corneliano, pues, porque en la invitación de los FEDERALISTAS EN LA RED el buen federalista encuentra propuestas de reforma constitucional que hará suyas sin dudarlo un instante, argumentos que le son conocidos, que utiliza en sus escritos y defiende con ardor (pluralismo cultural y nacional, el federalismo como pacto, etc.), pero hay un punto, quizás el más importante, y por ello aquel por el que se debería empezar, sobre el que los FEDERALISTAS EN LA RED no disipan la ambigüedad y la confusión que han acompañado a otros proyectos, manifiestos y artículos “federalistas” estos últimos días, y que, lógicamente, tanta decepción han podido generar en Cataluña al adoptar una actitud hostil hacia el proyecto de Artur Mas. La cuestión por la que creo hay que empezar es la de la actitud que, como federalistas, hay que adoptar ante el proceso político iniciado en Cataluña. ¿Cuál es al respecto la actitud auténticamente federalista? ¿Lo es aferrarse a la legalidad constitucional, exigiendo lealtad al marco constitucional de convivencia y sus procedimientos de reforma, sabiendo que los dos partidos políticos mayoritarios, necesarios para una reforma constitucional, son abiertamente hostiles al federalismo plurinacional? ¿Lo es meter el miedo y la duda en el cuerpo del electorado catalán diciendo que de todos modos la consulta no tendrá valor vinculante por ilegal, y que en definitiva los que la promueven le están tomando el pelo a los catalanes? ¿O bien lo es decir alto y claro que el federalismo plurinacional necesita naciones y pueblos que lo constituyan, y que, por ello, aun estando al margen de la legalidad, el proceso catalán, arroje el resultado que arroje, tiene que ser visto como la expresión democrática de la nación catalana, y por ende como plenamente legítimo atendiendo tanto a los valores de la democracia como a los principios de todo federalismo bien entendido (como unión de pueblos)? En mi opinión, la actitud federalista es esta última y hoy consiste en decir con la debida claridad:

1) que el futuro de los catalanes está, tiene que estar y estará en manos de los catalanes, pues es impensable que la decisión democrática de un pueblo comprometido con la democracia, como es el catalán, pueda ser hoy, en el siglo XXI, parada por la fuerza, mediante una intervención del Estado español;

2)  que aun deseando el federalista, como lo desea, que Cataluña y los catalanes sigan siendo parte de España, respetará y aplaudirá su decisión, sea la que sea, pues antes la prefiere libre que sometida a la voluntad de otra mayoría nacional;

3) que habiendo en la Historia numerosos ejemplos de rupturas políticas revolucionarias, en las que se aparta una legalidad que ya no se considera legítima democráticamente, tienen los catalanes, como tantos otros pueblos antes que ellos, la razón, la historia y el derecho[i] de su parte, si lo que desean es crear un Estado catalán;

4) que los federalistas tenderán siempre la mano a los catalanes, y se abstendrán de intervenir en los debates, antes y después del 25-N, para alimentar miedos poco o nada fundados (que el mundo entero condenará un proyecto secesionista catalán, o que quedarán los catalanes al margen de la UE, o que económicamente el proyecto es inviable, etc.), antes al contrario, los federalistas españoles defenderán el derecho de Cataluña a expresarse, y como territorio y pueblo europeo, a integrar automáticamente la UE en caso de prosperar su proceso de autodeterminación, porque el lugar de Cataluña está en Europa y hay argumentos federales que permiten defender la ampliación interna de la UE, como también defenderán la necesidad de seguir manteniendo relaciones de todo tipo con los otros pueblos de España, porque es beneficioso para todos, etc.;

5) (de cara a la ciudadanía española y sus gobernantes) que éste es posiblemente el último tren, que si se deja pasar es muy probable que Cataluña forme un Estado separado, y que si lo que se desea, y creo es lo que desean todos los españoles y la mayoría de los catalanes, es que Cataluña y España sigan juntas, es necesario que España haga un gesto significativo, que acepte que Cataluña es una nación, y una vez reconocido esto, prometa iniciar e inicie una reforma constitucional siguiendo los consejos y propuestas de los FEDERALISTAS EN LA RED.

6) que en el momento actual, la única posibilidad para que pueda negociarse a corto plazo una reforma constitucional en el sentido del federalismo plurinacional, por paradójico que parezca, vendrá precisamente en caso de que prospere el proceso de autodeterminación de Cataluña, momento, que si llegare, debería ser aprovechado por el Estado español para proponer, antes de que se declare Estado independiente Cataluña, un proyecto político de convivencia aceptable por los catalanes y sus representantes, y que necesariamente debería abrir un nuevo proceso constituyente en España.

Pienso que ésa tiene que ser hoy la actitud de los federalistas, en general, y la de los FEDERALISTAS EN LA RED, en particular, aceptar el buen derecho de la ciudadanía catalana a decidir y el de aquéllos que quieren consultarla a hacerlo. Por ello deseo condicionar mi decisión de seguir formando parte de los FEDERALISTAS EN LA RED a que, de manera colectiva, se diga sin ambigüedad que sin naciones no hay federalismo plurinacional, y que por lo tanto no es el nacionalismo catalán el enemigo a combatir, ni aquel a quien hay que convencer de que con el federalismo plurinacional todos salimos ganando, sino al nacionalismo español. Quizás sea ya, de hecho, demasiado tarde –esperemos que no-, y quizás los catalanes ya no confíen en un proyecto federalista, pero no por ello hay que equivocarse de culpable. Como federalistas, hay que decir claramente que los responsables de esta situación son principalmente los dos partidos mayoritarios, el PP y el PSOE, sus diferentes gobiernos y mayorías, sus intelectuales y medios de comunicación, es, en definitiva, el nacionalismo español. Es hora ya de decirlo sin rodeos. No podemos los federalistas caer una y mil veces en el error de Pi y Margall, denunciando el nacionalismo de los federales periféricos y adoptando una actitud consciente o inconscientemente acrítica hacia el propio nacionalismo de los federales españoles.

Jorge Cagiao y Conde




[i] Como lo demuestran los numerosos ejemplos que encontramos en la Historia, los momentos de ruptura o de reforma revolucionaria de un sistema jurídico y político no son procesos al margen del derecho, sino procesos acompañados y seguidos por el derecho, en el sentido en que es misión de éste poner de acuerdo el hecho (revolucionario) con el derecho, crear un nuevo ordenamiento jurídico que remplace el anterior. No tiene pues sentido, en derecho, decir que el proceso catalán sería “ilegal” si con ello se quiere decir que sería “nulo” o “inexistente” para el derecho. Sólo puede decirse que sería “ilegal”, siendo con todo necesario, si no se quiere decir falsedad, que sería “ilegal” aunque “válido”.     

miércoles, 7 de noviembre de 2012

Carta de los FEDERALISTAS EN LA RED


A continuación reproduzco íntegramente, para mayor difusión, la carta que la dirección de los FEDERALISTAS EN LA RED ha enviado hoy a los miembros de la asociación que tiempo atrás firmamos la Declaración "Construyendo la España federal". La dirección de la página web y dirección de correo electrónico de los FEDERALISTAS EN LA RED figura en la carta.

 
J. Cagiao y Conde
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20 de Octubre de 2012


Apreciados y apreciadas Federalistas en Red,

Hace años que nos conocemos y debatimos lo que para todos nosotros es la mejor solución para la organización política y territorial de España.

En nuestro primeros debates ya habíamos constatado que el recorrido del Estado de las Autonomías había llegado a su límite y que era necesario dar un paso adelante para institucionalizar nuevas formulas políticas que hicieran más legítima, democrática y eficiente nuestra organización territorial.

Los últimos acontecimientos, y en especial la gran manifestación independentista de Barcelona, son una señal inequívoca de que España como proyecto compartido, se está desmoronando si no acepta y articula la diversidad de sus pueblos y territorios.

La crisis económica ha acelerado también la crisis del Estado, y ante las voces que claman por una nueva recentralización y presentan las autonomías, con una extrema superficialidad en datos y argumentos, como las causantes del desbarajuste, es imprescindible que surjan nuevas plataformas con la capacidad de plantear alternativas “cargadas de futuro”.

Ahora más que nunca necesitamos establecer una alianza federalista visible, entre todos aquellos que apostamos por una propuesta real de cambio constitucional para transformar España en una federación plural de naciones y regiones.

Son muchos y no sin razón, aquellos que argumentan que en España no existe una verdadera cultura federal y que tampoco no existen federalistas. Sin embargo sabemos, que ante la situación que vivimos, las formulas federales pueden ser la mejor respuesta a los retos actuales y permiten abrir un horizonte de profundización democrática.

El debate constituyente está sobre la mesa y en este proceso no podemos, ni deberíamos rehuir el debate planteado entorno al reconocimiento del derecho a decidir de los pueblos que conforman el Estado. El federalismo debe ser el marco de referencia para buscar y encontrar la fórmula más apropiada para consultar democráticamente a la población y encauzar el camino a seguir.

En este sentido y después de muchos años de debate, creemos que debemos dotarnos de una asociación de Federalistas. Hemos optado por la denominación de Federalistas en Red para articular, cada uno des de su propia perspectiva e identidad, una propuesta que oriente el debate político en nuestro país y tenga una clara dimensión europea y una clara vocación federalista.

Tenemos ya un correo electrónico: federalistasenred@gmail.com, que a partir de ahora os ruego que sea el correo para comunicarnos y para que confirméis que quereis formar parte de la asociación.

Disponemos también de una página web: www.laideafedeferal.org, en la que algunos de vosotros ya habéis colaborado y tenemos más de 6.000 seguidores en Facebook sin prácticamente ningún esfuerzo. Ambos instrumentos pueden servirnos de carta de presentación pública. Así, os ofrecemos la web www.laideafederal.org y sus derivadas en las redes sociales para publicar o dar mayor difusión a todos aquellos artículos y reflexiones sobre la situación política y económica actual.

El embrión de la asociación de Federalistas en Red será, si lo confirman, las personas firmantes de la declaración “Construyendo la España federal” que publicamos en 2008, coincidiendo con los 30 años de la constitución y que aún podéis consultar enhttp://www.espanafederal.es/. Animamos a que al recibir la carta la enviéis a otras personas que puedan formar parte de la asociación.

El discurso federal no puede quedar huérfano en el momento actual. Seguro que vamos a necesitar una gran dosis de sabiduría y pedagogía para administrar la energía necesaria que requiere el pensamiento y la acción federal. Creemos firmemente que las propuestas federales han de ser visibles en el debate público al igual que las personas que lo defienden. Pero alguien tiene que decirlo y liderarlo. Esperamos contar con tu colaboración.

Cordialmente


FEDERALISTAS EN RED
federalistasenred@gmail.com

Ramon Maiz (Galizia)

Javier Pérez- Royo (Andalucia)

Fernando Vallespin (Madrid)

Juan Jose Lopez Burniol (Catalunya)

Luis Moreno (Madrid)

Enrique del Olmo (Madrid)

Joan Romero (Valencia)

Pere Almeda (Catalunya)

Carme Valls-Llobet (Catalunya)






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FEDERALISTAS EN RED
federalistasenred@gmail.com

domingo, 4 de noviembre de 2012


Demasiados federalistas por Halloween

Estamos en 1869, mes de julio, un mes después de que se aprobara en Cortes la Constitución monárquica de 1869. Las palabras, en el periódico El Estado Catalán, son de uno de los líderes del federalismo barcelonés, Valentí Almirall: “Estén alerta los federalistas, que hay entre nosotros muchos enemigos disfrazados”[i]. El episodio dista de ser anecdótico y más bien pudiere considerarse nota característica de los procesos políticos en los que se plantea un proyecto federativo. Basta recordar también los debates entre Federalist y Anti-Federalist en los Estados Unidos a finales del siglo XVIII para comprobar cómo la cuestión de quién es quién en el federalismo, quién lleva y quién no lleva careta federalista, es una constante en los debates en torno al federalismo.

En España, estas últimas semanas del mes de octubre, en tiempos de Halloween, se anunciaba en los medios de comunicación que uno de los disfraces más populares sería este año el famoso Ecce Homo de Borja, por el que, con tan mal gusto por parte de los medios de comunicación, se hizo de una anciana un objeto de burla en los cinco continentes.

Pero al Ecce Homo parece haberle salido un rival de peso en España: el disfraz de federalista. El federalista disfrazado se reconoce históricamente por abrazar el federalismo, del que hace entusiasta profesión de fe, en tiempos en los que peligra la unidad de la nación. Así es que no extrañará que en una nación, como la española, con nacionalismos internos concurrentes, cada X tiempo se vuelva a poner de moda el disfraz federalista. ¿Ibarretxe? Ponerse el disfraz federalista. ¿El Estatut? Otra vez disfraz federalista. ¿Pacto fiscal, derecho a decidir, etc.? Disfraz federalista. Sorprende de hecho que en los comercios no se vendan caretas de Pi y Margall…
Bromas aparte, todo esto invita a una reflexión seria: ¿qué pasará una vez pasado Halloween? ¿Qué pasará tras las elecciones del 25-N, y en función también de su resultado? ¿Habrá federalistas o se habrán muchos quitado la careta? El problema de este Spanish Halloween es serio y merece ser tratado con la debida seriedad. El simple hecho de que algunos se descubran una vena federalista cuando le ven las orejas al lobo (el lobo es por supuesto Mas) dice ya muy poco acerca de su fe en el federalismo como medio para construir una convivencia democrática entre culturas y pueblos diferentes. Pero, con ser esto ya muy significativo, me interesa comentar brevemente aquí uno de los argumentos fuertes de los “federalistas” críticos con el nacionalismo catalán, me refiero al de la legalidad constitucional.

No es necesario tener un doctorado de Harvard para saber que tanto el proyecto de consulta del pueblo catalán como el eventual proceso secesionista que de él pueda surgir pueden ser inconstitucionales. O no. Lo que está en juego en el debate no es pues la legalidad mayor o menor de la maniobra catalana, sino su mayor o menor legitimidad democrática. ¿Cómo se mide ésta? Desde siempre, en democracia, en las urnas. Si el proceso iniciado en Cataluña este otoño, proceso al que ha empujado –importa recordarlo- el Estado español, sus gobernantes y representantes de los dos partidos mayoritarios al impugnar el Estatut y cerrarse en banda ante el pacto fiscal, si este proceso –decía- lleva a una mayoría de la ciudadanía catalana a apoyar democráticamente un proyecto de Estado propio, difícilmente podrá alegarse la legalidad contra la legitimidad democrática. Todavía menos, cabría añadir, para aquéllos que se reclaman en este preciso momento del federalismo, pues éste parte de la idea irrenunciable de que no hay en una federación un único pueblo con capacidad de decidir, sino de la idea contraria, de la idea de que el pueblo federal es un pueblo plural, un pueblo de pueblos, una société de sociétés, en palabras de Montesquieu. Ahora bien, para que esos pueblos que componen una federación puedan ser considerados como auténticos pueblos, tienen que poder decidir si desean o no seguir formando parte de ese pueblo global, que en este caso es el español. De lo contrario, con el argumento de la legalidad, lo que se está diciendo es que en España no hay más que un pueblo, que no hay más que una mayoría democrática con derecho a expresarse, y que la voluntad de los otros aspirantes a pueblo no vale. Esto es desde luego muy poco democrático, y menos federalista aún.       
Haciendo un poco de memoria, esto del disfraz federalista me recuerda al bueno de Emilio Castelar, el hombre de “los tres jamases”, quien durante los debates en Cortes Constituyentes de 1873 decía que “jamás, jamás, jamás apoyaría o defendería una República unitaria” contra una federal[ii]. Poco tiempo después, haría la carrera que todos conocemos, ya sin la careta federal, el unitario Castelar.   

Jorge Cagiao y Conde



Notas:
[i] Valentí Almirall, "La juventud republicana de Madrid", El Estado Catalán, 21 de julio de 1868, artículo reproducido en Josep M. Figueres (ed.), Valentí Almirall. Obra Completa (1867-1879), vol. 1, Barcelona, Institut d’Estudis Catalans, pp. 174-176.
[ii] "Véase por qué yo quiero la República Federal; y por qué yo, jamás, jamás, jamás apoyaré y defenderé una República unitaria”, Diario de Sesiones, 8 de julio de 1873, pp. 611-612.

sábado, 3 de noviembre de 2012

Un precedente federal para Cataluña


¿Cataluña nuevo Estado de la UE? Un precedente federal en Suiza

Las semanas que hemos vivido desde la multitudinaria manifestación del 11 de septiembre en Barcelona han sido particularmente intensas. No ha habido prácticamente un día sin que en los diferentes medios de comunicación se debata y se opine sobre el futuro de la relación entre Cataluña y el Estado español. Si se hace caso de las encuestas de opinión, la probable relección de Artur Mas en las próximas elecciones catalanas abrirá un proceso político lleno de incertidumbres. Una de las preguntas importantes en el contexto actual es la que promete Mas para el referéndum: ¿quiere que Cataluña se convierta en Estado miembro de la UE? ¿Qué pasaría en caso de que la respuesta fuera un sí? ¿Estaría Cataluña dentro o fuera de la UE? Desde Cataluña se afirma alto y claro la identidad y vocación europeas del pueblo catalán, transmitiendo así un mensaje a las instituciones europeas que parece también claro: Cataluña no quiere salir de la UE. Desde Madrid se explica en cambio que en el muy hipotético caso de que Cataluña lograse su independencia su lugar estaría fuera de la UE. Por su parte, la UE se ha limitado por el momento a dar largas, entendiendo que el caso no es por el momento más que una hipótesis. ¿Qué dicen al respecto las reglas comunitarias? Los tratados de la UE no prevén ninguna medida particular respecto de la escisión de una parte del territorio de un Estado miembro, condición de su posterior adhesión o rechazo, dejando en manos de los Estados soberanos las cuestiones relativas a su propia soberanía y límites territoriales, que es de lo que aquí se trata.

En casos como éste, de profundo desacuerdo entre las partes e incertidumbre sobre la solución o respuesta que se le pueda dar al mismo, es práctica habitual en derecho volver la vista atrás buscando casos similares que permitan orientar la reflexión y la decisión final. Puede por ello ser interesante recordar un precedente del derecho federal suizo, que contiene los elementos básicos del conflicto al que nos estamos refiriendo: dos partes enfrentadas (Cataluña y España), ambas de un mismo Estado miembro (federado) de la UE, y una tercera (UE) que, como estructura federativa, ordenamiento jurídico englobante de las partes en conflicto, será la que, llegado el momento, tendrá que decidir si Cataluña es parte o no de la UE.

El precedente en cuestión es la creación del vigesimotercer Cantón de Suiza, el Cantón del Jura, como escisión del Cantón de Berna. El conflicto se remonta al siglo XIX, cuando los territorios del Jura, mayoritariamente francófonos y católicos, fueron atribuidos por el Congreso de Viena, en 1815, al Cantón de Berna, germano parlante y de mayoría protestante. El movimiento independentista jurasiano se organiza después de la Segunda Guerra Mundial y lleva, en 1970, a una reforma de la Constitución del Cantón de Berna por la que se reconoce el derecho a la autodeterminación del pueblo jurasiano. El 23 de junio de 1974 se celebrará el referéndum sobre la creación del Cantón del Jura en los 7 distritos concernidos, con una muy estrecha victoria de los partidarios del sí (36.802 votos a favor y 34.057 en contra). A raíz de este primer referéndum, y tal como se había previsto en la reforma constitucional del Cantón de Berna, se celebrarían todavía otros dos referéndums, el primero para que en aquellos distritos en los que no había triunfado el sí (4 de 7) se pronunciara la población una segunda vez para saber si querían permanecer en el Cantón de Berna o formar parte el nuevo Cantón del Jura, el segundo para que se pronunciaran a favor de Berna o Jura los municipios limítrofes tras la modificación fronteriza cantonal. El resultado de este proceso consultativo “en cascada”, como se le llamará, conllevará la ruptura de la unidad histórica reclamada por el nacionalismo jurasiano: 82 municipios pasarán a formar parte del nuevo Cantón del Jura, y 62 se quedarán en el Cantón de Berna. ¿Cuál fue la reacción y la respuesta jurídica que le dio la Confederación suiza a este conflicto? Su respuesta consistió simplemente en poner el derecho federal de acuerdo con los hechos y el derecho cantonal. En septiembre de 1978, el pueblo suizo y todos los cantones de la Confederación aprobaban, por una amplia mayoría (82,3 %), la reforma de la Constitución (para la que la simple mayoría de los cantones bastaba), que convertiría constitucionalmente al Cantón del Jura en el vigesimotercer Cantón de la Confederación suiza, el 1 de enero de 1979.

¿Podría servir este precedente para el caso catalán? Como se ha dicho, los elementos del conflicto son, sino idénticos, sí muy parecidos: estructura federativa (UE), conflicto territorial en un Estado miembro (España) de la estructura federativa englobante, y eventual escisión de una zona territorial (Cataluña) del Estado miembro. No faltará desde luego quien diga, con razón, que la regla comunitaria para la adhesión de un nuevo Estado miembro (art. 49 TUE) es la de la unanimidad, y que bastaría por consiguiente un no del Estado español para que Cataluña se quedara fuera de la UE. No faltará tampoco quien recuerde que la actitud de la mayoría territorial amputada de parte de su territorio es muy distinta en uno y otro caso, pues el Cantón de Berna no adoptó la posición de rechazo tajante que mantiene hoy el Estado español. Importa aun así notar que ambas objeciones no son insalvables. La primera, como interpretación literal de la norma comunitaria, puede parecer exagerada tratándose de un nuevo Estado que ya es hoy un territorio parte de la UE. ¿Habría que aplicarle la regla de la unanimidad, como si de un Estado extranjero se tratase, o sería posible considerar, como lo hizo la Confederación suiza, que una vez consumada la separación de Cataluña del Estado español, seguiría siendo un territorio de la UE? La cuestión admite interpretaciones en un sentido o en otro. La segunda objeción, que la UE tendrá obviamente en cuenta antes de tomar una decisión al respecto, no parece tener mucho peso atendiendo a la realidad del proceso eventual de ampliación interna de la UE considerado en la hipótesis, a saber: 1) declaración de independencia de Cataluña (necesaria para que se discuta su inclusión en la UE como nuevo Estado miembro); 2) aceptación de mejor o peor grado, tácita o explícita, por parte del Estado español de dicha independencia (pues no cabría preguntar por la adhesión directa de Cataluña a la UE si sigue siendo territorio español); y sobre todo 3) la decisión final, previo diálogo con las partes y negociación por los cauces institucionales y diplomáticos existentes, que sería, no lo olvidemos, una decisión de la UE, no del Estado español. No sería de hecho fácilmente comprensible, ni para el resto de Estados miembros, ni para la propia UE, que el Estado español aceptara, tácita o explícitamente, la independencia de Cataluña pero no su adhesión directa a la UE.

La decisión de la UE podrá por consiguiente ser una u otra, pero es muy probable que tenga en cuenta el precedente del Jura antes de tomar una decisión, y no sería extraño que recurriera a él si la respuesta es favorable a Cataluña. Lo cual supondría también, importa subrayarlo, introducir en su decisión una lógica más propia del derecho federativo que del derecho internacional.
Jorge Cagiao y Conde


 


   

Publius & Brutus




Publius & Brutus es un blog para hablar de federalismo, compartir opiniones y conocimientos. No sería desde luego necesario un blog como éste si nuestro conocimiento sobre el tema fuese mayor y mejor del que es. Las últimas semanas en España han dejado sobradas muestras en los medios de comunicación de lo poco y lo mal que sabemos sobre federalismo. Este es un espacio para reflexionar en torno al federalismo y parte del convencimiento de que para entender bien la idea federal tenemos tanto que aprender de Publius como de Brutus. De ellos hablaremos otro día.
¡Bienvenidos!