Me ha sorprendido mucho la opción final por las dos preguntas de la
consulta catalana (1: ¿Quiere que Cataluña sea un Estado?; en caso afirmativo,
2: ¿quiere que sea un Estado independiente?), así como el enunciado de la
primera de ellas. Me esperaba una sola pregunta, quizás no del todo clara pues
parecía haberse aceptado la idea de incluir en ella una opción federalista, pero
creo que la elección final es desafortunada. No estoy al decir esto prejuzgando
del éxito o fracaso de la opción elegida. No sería por lo demás extraño que los
impulsores de las preguntas acaben haciendo ver a los catalanes que las
preguntas significan lo que ellos quieren que signifiquen (pregunta 1:
federalismo; pregunta 2: independencia). Esto no ha de descartarse, y si tal
ocurre entonces habrá que inclinarse y decir que las preguntas –finalmente-
eran afortunadas, en el sentido de que estaban bien formuladas. En espera de
que eso ocurra, yo creo que no lo están, y me gustaría explicar aquí brevemente
por qué.
El primer problema que veo es el de la diferencia que pueda haber entre “Estado”
(pregunta 1) y “Estado independiente” (pregunta 2). Tanto en Derecho
Constitucional como en Derecho Internacional Público se habla de “Estado” en
referencia a Estados soberanos, esto es “independientes”, en el sentido
jurídico-político de la palabra, que no es otro que el del “Estado” que tiene una
libertad política plena (Kelsen). Es cierto que existen “Estados” sin la
condición o los atributos del “soberano”, es decir del que tiene un control
pleno y unilateral sobre su propio futuro. También es cierto que no hace falta un
esfuerzo grande para ver que existen Estados (States) en los EEUU o, sin que reciban tal nombre, algo que se
parezca a “Estados”, en Canadá, Suiza, Alemania o Bélgica (provincias,
cantones, Lander y regiones respectivamente). El hecho importante de que
existan estos “Estados no soberanos” (la expresión no la acabo de ver) no hace
en cambio que desaparezca la dificultad que apuntaba antes: la doctrina en
derecho público, y la gente en general, entiende que es Estado aquel que es
soberano, vale decir independiente. Es por ello probable que la pregunta 1 y la
pregunta 2 quieran decir lo mismo para la gran mayoría.
El segundo problema tiene que ver con la existencia de “Estados no
soberanos” (o “no independientes”) en el federalismo. Se supone que la pregunta
1 es la que incluye la opción federalista, y el hecho de que haya “Estados no
soberanos”, o algo que se le parezca, en sistemas federativos contemporáneos
(EEUU, Suiza, Alemania, etc.) estaría mostrando que la pregunta 1 está bien
formulada, en el sentido en que recoge bien la opción federalista. No estoy de
acuerdo con esto, por dos motivos:
1) El federalismo que recoge la opción federalista es el
defendido por ICV. Este federalismo, que puede llamarse plurinacional o pactista
es un federalismo que hace necesaria (y así lo defiende ICV) la existencia de
cuerpos políticos libres e iguales (Cataluña + aquellos otros cuerpos políticos
con los que Cataluña se federe), plenamente soberanos e independientes a efectos
de entrar en una federación, o no entrar en ella caso de haber algún obstáculo
insalvable durante el proceso constituyente de la federación. En ese
federalismo las partes federadas (Cataluña en nuestro ejemplo) son ya cuerpos
políticos que se consideran libres, soberanos e independientes, en la medida en
que pueden entrar o no en la federación, y en la medida en ningún otro cuerpo
político puede imponerles nada en contra de su voluntad. Si la Cataluña de la
pregunta 1 se entiende de ese modo, eso quiere decir que las preguntas 1 y 2
preguntan casi por lo mismo. Y digo “casi” porque la segunda pregunta claramente
por la independencia (sí o no) cuando la primera parece preguntar por la
independencia para federarse con España (en las condiciones que Cataluña y el
resto de partes acuerden) o para ser independiente (caso de que las negociaciones
federales fracasen). Tenemos aquí un matiz de escasa importancia, pues en ambos
casos la respuesta positiva significa “independencia” (para una cosa u otra).
2) Si en el párrafo anterior (1) se ha interpretado
correctamente la opción federalista de la consulta, la pregunta no será
realmente inclusiva, pues la opinión general ve en el federalismo (a mi modo de
erróneamente, pero ese es otro debate) otra cosa. ¿Cómo es el federalismo tal y
como la mayoría lo entiende? La gran mayoría ve y entiende el federalismo como
una especie de descentralización fuerte, en la que las partes federadas se
encuentran subordinadas al cuerpo político englobante, el Estado federal, que
es el que sí se considera soberano e independiente. Así es como ve el
federalismo el PSOE o el PSC (de haberlo visto de otro modo no se habría
descolgado de la consulta), y así es como muchos politólogos y constitucionalistas
entienden el federalismo. Importa poco que estos estén confundidos o no. Lo que
importa es que no se reconocerán en la pregunta 1, la que quiere recoger la
opción federalista.
En tales circunstancias, pienso que la formulación de la
pregunta 1 es desafortunada. Creo que quiere decir lo mismo que la segunda
(aunque sus autores explicarán que quieren decir cosas diferentes) y por eso
entiendo que habría sido mejor hacer sólo la segunda pregunta (por su claridad),
añadiendo quizás algo inspirándose del dictamen del Tribunal Supremo canadiense
de 1998, en su examen sobre la secesión
unilateral de Quebec. En aquel dictamen el Tribunal Supremo explicó que
en caso de que una mayoría clara votara a favor de la independencia de Quebec
sería necesario iniciar un proceso de negociación para reformar la Constitución,
y que habría de llevar ya sea a una reforma pactada de la Constitución, ya sea
a la independencia de Quebec (caso de fracasar la negociación). ¿Podría
preverse algo así en la consulta? Ignoro el cómo (la formulación de la
pregunta) pero creo que si se pregunta por la independencia de Cataluña, lo que
a mi parecer hace tanto la pregunta 1 como la pregunta 2, entonces se podría
también imaginar una opción federalista que preguntara por el paso siguiente –en
caso de voto mayoritario por una Cataluña independiente-, es decir: ¿federación
o separación?
Nota aclaratoria final: en este blog y muchos otros
trabajos académicos he explicado que el federalismo significa algo parecido a
lo que recoge la pregunta 1 de la consulta, es decir, un pacto entre Estados
soberanos, o cuerpos políticos que se entienden soberanos (aunque no lo sean en
realidad) a efectos de crear una federación. Yo entiendo perfectamente la
pregunta 1. La pregunta es si la entenderán todos aquellos –mayoría- quienes
sintiéndose federalistas defienden un “federalismo” muy diferente. Yo creo que
no, y por eso creo que la pregunta 1 sobraba. Aunque confieso que me gustaría
equivocarme. Eso significaría que las cosas avanzan en el sentido adecuado en
lo relativo a nuestra percepción del federalismo.
Jorge Cagiao y Conde
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